Un reporte estadístico de la Dirección Nacional de Operaciones del Tránsito de la Policía Nacional (DNOT), indica que en 2023 hubo 351 víctimas por accidentes de tránsito, de las cuales 128 fueron por atropello.
Al menos en lo que va de 2024, se suman dos víctimas por atropello, una de ellas se registró en Lídice de Capira, provincia de Panamá Oeste.
De acuerdo con el teniente José Pineda, del Programa de Seguridad Vial de la Policía Nacional, las cifras anteriores han instado al desarrollo de una campaña de prevención y sensibilización ciudadana.
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Acotó que esto implica la responsabilidad tanto del peatón así como el del conductor. Precisó que ambos deben estar pendientes de los pasos peatonales, puesto que en la actuallidad hay mucha distracción, especialmente con los dispositivos móviles.
Por otro lado, manifestó que otro elemento que incide mucho en estos casos es el consumo de bebidas alcohólicas, especialmente cuando se desarrollan actividades nocturnas. Aunado a esto, que los peatones portan ropas oscuras.
E
l uniformado recordó que frente a esta situación, todo conductor debería tener un contacto visual de al menos 150 metros para evitar una tragedia.
La mala interpretación de las normativas, otra piedra en el zapato
El teniente Pineda sostuvo que no favorece mucho el tema del Decreto Ejecutivo 206 del 30 de abril de 2021, referente a la movilidad no motorizada (patines, patinetas, triciclos, scooter eléctrico, etc), puesto que aunque tiene un beneficio ambiental, se permite su circulación en una vía principal, hecho que se transforma en un posible caso de atropello, incluso con probabilidades de ser una víctima más.
#ElPaísDD El teniente José Pineda explica sobre las normativas que regulan la movilidad en Panamá y que hay que tener presente para evitar más accidentes en nuestro país. pic.twitter.com/cGJk9QsT4c
— Diario DiaaDia (@DiaaDiaPa) January 4, 2024
Comentó que esto se debe a la mala interpretación de la ley, ya que se entiende que sí es permitido, pero en educación vial recomienda que sea en espacios establecidos para tal fin.
Se ignora también que la autoridades municipales deben definir los espacios como ciclovías y no aventurarse a una vía principal.
Aseveró que todo lo anterior, se refleja en una mala interpretación de la Ley 235 del 30 de agosto de 2021 (que modifica la Ley 74 de 2017 sobre la movilidad del ciclismo en la República de Panamá). En esta regulación se habla de normas del peatón, pero solo se les hace un llamado de atención, pueden ser conducidos a un juez de paz, pero al final no hay una sanción para estas personas, concluyó el uniformado.